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viernes, 10 de julio de 2009

Principales novedades en el Impuesto de Sociedades del 2008: las operaciones vinculadas

Este mes, seguro que todos los empresarios tienen señaladas en su calendario una serie de fechas importantes para cumplir con sus obligaciones con Hacienda y el Registro Mercantil.
En Julio las sociedades mercantiles, además de tener que cumplir con la presentación de los impuestos trimestrales, también están obligados a presentar el Impuesto de Sociedades y las Cuentas Anuales. Este año, como novedad, y por si fuera poco, el Impuesto de Sociedades del 2008 viene acompañado de cambios por la adaptación a la nueva normativa contable y a las modificaciones tributarias, consecuencia del nuevo PGC.
Como ya os habíamos comentado en otras entradas, el modelo 200 sustituye al modelo 201 y otros, así que será el que tendréis que presentar la mayoría de los empresarios, y ya está disponible en la página web de la Agencia Tributaria desde el pasado día 1 de julio, aunque ha habido una versión posterior.
Este nuevo modelo es bastante más amplio que el anterior 201 y contiene 52 hojas pero, como siempre, la mayoría de las empresas son pymes, por lo que se reducen tan sólo a 8 hojas. Además, hace gran incidencia en las operaciones realizadas entre las sociedades y sus socios y administradores, o entre empresas del grupo, esto es OPERACIONES VINCULADAS.
Debéis saber que por el Real Decreto 1793/2008 del 3 de Noviembre del 2008, se establecieron nuevas obligaciones respecto a la documentación que hay que elaborar y mantener en las operaciones vinculadas. Durante los últimos meses, se ha especulado mucho sobre si esas exigencias de información afectarían al Impuesto de Sociedades del 2008. En Círculo Gacela os informamos de que estas obligaciones relacionadas con la documentación de las operaciones vinculadas sólo afectarán a las operaciones posteriores a febrero de este año. Es decir, el primer impuesto de Sociedades afectado será el del 2009, que se presenta en el 2010.
Sin embargo, para la presentación del Impuesto de Sociedades del 2008, ya hay que tener en cuenta la obligación de valorar las operaciones vinculadas por su valor normal de mercado (aquel que se habría acordado entre personas o entidades independientes en condiciones de libre competencia) Tened en cuenta que Hacienda puede comprobar estas valoraciones, y exigir que se realicen correcciones.
Esperamos que este blog os ayude a estar al día en las novedades fiscales

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