ASPECTOS FISCALES EN LA PYME
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LA IMPORTANCIA DE UN BUEN ASESOR FISCAL QUE REALMENTE NOS ASESORE

viernes, 27 de marzo de 2009

El nuevo sistema de devolución mensual del IVA

Como ya os habíamos comentado en un blog anterior, una de las novedades fiscales más importantes de este año es la posibilidad de solicitar la devolución mensual del IVA. De este modo, ya no es necesario esperar a fin de año. Por eso, en Círculo Gacela, vamos a profundizar más en este tema.
Con este sistema, es necesario cumplir con una serie de obligaciones:
  • Para empezar, hay que inscribirse en el Registro de Devolución Mensual del IVA a través del modelo 036.
  • Por otra parte, es obligatorio presentar las declaraciones del IVA mensualmente por vía telemática con el modelo 303.
  • Además, a través del nuevo modelo 340, hay que presentar una declaración informativa con el contenido de los libros de registro de las facturas recibidas y emitidas
En Círculo Gacela también queremos insistir en que, para solicitar la devolución mensual del IVA, es un requisito imprescindible estar al día de las obligaciones tributarias.
Tampoco hay que pasar por alto la obligatoriedad de permanecer en el Registro de Devolución Mensual al menos durante el año para el que solicitó la inscripción. En un mismo año no se podrá compaginar la devolución mensual y anual.
Sin duda, la devolución mensual del IVA va a ser una ayuda para aquellos empresarios que quieran iniciar una actividad empresarial, ya que es al principio cuando más IVA se soporta y menos se repercute. En época de crisis, también va a beneficiar a las empresas que hayan sufrido una caída importante en sus ventas.
Os dejamos este enlace para ampliar información: http://www.aeat.es/
Un saludo

martes, 17 de marzo de 2009

El modelo 303

Se acerca el mes de Abril, y cada vez falta menos para que en Círculo Gacela tengamos que presentar la declaración del IVA del primer trimestre de muchos de nuestros clientes. Una de las principales novedades con las que se van a encontrar es que, por primera vez, el modelo que tendrán que presentar es el 303. Desde el 1 de Enero del 2009, ésta es la nueva declaración del IVA para todos los obligados a este impuesto.
Por lo tanto, creemos que os debéis ir familiarizando con él, ya que sustituye a los siguientes modelos:

  • 300: Régimen General. Declaración trimestral
  • 320: Grandes empresas. Declaración mensual
  • 330: Exportadores y otros operadores económicos. Declaración mensual
  • 331: Grandes empresas inscritas en el registro de exportadores. Declaración mensual
Sin embargo, las personas físicas o entidades a las que se les aplique el Régimen especial simplificado, no utilizarán este modelo.
En Círculo Gacela, también creemos que no debe pasar desapercibida una novedad importante que trae el modelo 303: ahora será necesario especificar las bases del IVA soportado .
Por último, recordaros que la presentación del modelo 303 puede ser en papel o vía Internet. Pero los contribuyentes incluidos en el régimen de devolución mensual del IVA, así como la sociedades anónimas y limitadas (desde Octubre del 2008) están obligados a presentar el modelo 303 de forma telemática.
Os recomendamos que tengáis en cuenta todas estas novedades.
Hasta luego

jueves, 12 de marzo de 2009

Nueva bonificación de la Seguridad Social para el fomento de la contratación indefinida

Círculo Gacela, en su esfuerzo por mantener al día a sus clientes en todas las materias, quiere informaros sobre una bonificación que ha sido aprobada el pasado día 7 de Marzo.
Recordad que todas las bonificaciones que últimamente se han aprobado son para el fomento de la contratación indefinida, por tanto se trata de bonificar los contratos iniciales indefinidos.

En este caso los requisitos son:
1. Contratar a personas inscritas en el Inem y que estén cobrando prestación o subsidio por desempleo
2. Se trata de contratos que se celebren en el 2009 con límite el 31.12.09
3. Se tiene que mantener este contrato bonificado durante al menos un año desde su inicio.
4. La duración de la bonificación será de 3 años y el importe el 100% de la cuota empresarial.
5. Afecta tanto a contratos a jornada completa como a parcial

Dos cosas importantes que hay que tener en cuenta: en el caso de no cumplir el plazo de un año de mantenimiento del contratro, se tendrá que devolver la bonificación recibida durante el plazo que el empresario se haya beneficiado de ella (más los correspondientes intereses de demora), y otra cosa importante es que es incompatible con otras bonificaciones para la contratación.
En Círculo Gacela recordamos a todos nuestros clientes que el requisito imprescindible para ser beneficiario de cualquier tipo de bonificación de la Seguridad Social, es no tener deudas con este Organismo, por eso muchas veces gestionamos primero el aplazamiento de estas deudas y después solicitamos las bonificaciones correspondientes.
Esperamos que esta información sea de vuestra ayuda
Un saludo

El libro de visitas electrónico

Todas las empresas y autónomos deben de tener un Libro de Visitas en cada centro de trabajo, independientemente de si tienen contratados trabajadores o no. Este libro lo pondrán a disposición de los inspectores de Trabajo y de la Seguridad Social, para que dejen constancia de las actuaciones que han llevado a cabo en sus visitas.
En el departamento de Gestión de Círculo Gacela, siempre intentamos que nuestros clientes estén al día de todas las novedades que afectan a su actividad empresarial. Por ello, les recordamos que desde el 3 de Diciembre del 2008, ya es posible sustituir el Libro de visitas en papel tradicional por otro libro en formato electrónico.
Sin embargo, antes de plantearse el cambio, hay que tener en cuenta una serie de requisitos que se deben cumplir. Es obligatorio tener un ordenador con acceso a Internet y lector de tarjetas inteligentes en cada centro de trabajo.
También es necesario solicitar una autorización a la Inspección de Trabajo y Seguridad Social de la provincia en la que esté ubicado el domicilio social de la empresa, o a la Autoridad Central. El formulario que hay que presentar lo podéis descargar en este enlace : www.mtin.es/itss/web/Atencion_al_Ciudadano/Descarga_de_Formularios/index.html
Desde Círculo Gacela, pretendemos manteneros informados de todos los avances tecnológicos que las Administraciones Públicas ponen a disposición del empresario para facilitaros el día a día de vuestra actividad.
Un saludo

martes, 10 de marzo de 2009

Tratamiento del IVA en caso de concurso de acreedores

Dada la situación actual, hay muchas empresas que optan por el concurso de acreedores como opción de salida al mal monento económico que atravesamos, y en Círculo Gacela recibimos muchas consultas en relación a este tema. Desde nuestro departamento de Gestión Gacela queremos ayudar a nuestros clientes, e intentar que el paso por este proceso sea un poco menos costoso.
Debéis saber que una vez aparezca publicado en el BOE el concurso de acreedores tenéis un mes para modificar la base imponible del IVA repercutido. ¿Qué quiere decir esto?
Que todas las facturas anteriores a la declaración de concurso que no se hayan cobrado, se pueden rectificar para evitar el pago del IVA repercutido. Así que habrá que hacer una factura rectificativa con los datos identificativos de las facturas originales y la descripción de la causa que lleva a su modificación. Esta factura rectificativa se debe enviar a los deudores.
Esto supone que en la siguiente declaración de IVA que corresponda, supondrá una disminución del IVA repercutido, y por tanto, un menor importe a pagar.
Espero que esta información os haya sido útil.

jueves, 5 de marzo de 2009

¿QUE ES EL CNAE?

En Círculo Gacela, después de recibir muchas preguntas de nuestros clientes sobre el CNAE y el IAE, nos hemos planteado en el departamento de Gestión Gacela explicar qué son y para qué sirven estos dos conceptos.
Empezaremos hoy por el CNAE:
El CNAE es la Clasificación Nacional de Actividades Económicas, y se elabora con el objetivo de poder agrupar las actividades económicas según un criterio definido y una misma categoría. El CNAE es una clasificación estadística y agrupa las empresas según las actividades que desarrollan, y esto facilita el tratamiento de datos a nivel estadístico.
Una de la cosas importantes que debéis saber es que el CNAE influye en la cotización de las empresas a la seguridad social, y que depenciendo en el grupo de CNAE en el que os encontréis esta cotización es mayor o menor. Por ejemplo, una empresa que se dedica a la construcción cotizará más porque tiene mayores posibilidades de accidente profesional que otra.
Con efectos 1 de enero de 2009 se ha cambiado la numeración que había hasta este momento, esto se produce por los cambios que sufre la economía consecuencia de la aparición de nuevas tecnologías y en especial de los avances de interntet.
Ahora tenemos como referencia el CNAE-2009 y este mes de enero ya hemos cotizado en función de la nueva numeración, así que, desde Círculo Gacela os recomendamos que reviséis el número nuevo asignado y lo corrijáis si es necesario.
Hasta pronto.