ASPECTOS FISCALES EN LA PYME
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LA IMPORTANCIA DE UN BUEN ASESOR FISCAL QUE REALMENTE NOS ASESORE

viernes, 19 de junio de 2009

Novedades en el Impuesto de Sociedades del 2008

Como ya os hemos adelantado en un blog anterior, en Círculo Gacela queremos dedicar especial atención a las principales novedades del Impuesto de Sociedades del 2008, un tema de actualidad en estos días para la mayoría de los empresarios.
Hoy queremos hacer hincapié en que el ejercicio 2008 es el primero que se va a ver afectado por el nuevo Plan General Contable del 2007. Por lo tanto, el nuevo plan tendrá muchas consecuencias en la preparación de la declaración. Por ejemplo, se debe tener en cuenta que a partir de ahora, para determinar la cuota del impuesto, hay que diferenciar entre "Impuesto corriente" e "Impuesto diferido"
  • El impuesto corriente es la cantidad que satisface la empresa como consecuencia de la liquidación fiscal del impuesto. Contablemente, la cuenta en la que se recogerá será la 6300.
  • Sin embargo el impuesto diferido (que se contabilizará en la cuenta 6301) deriva de la diferente valoración contable y fiscal de los activos, pasivos y elementos del patrimonio de la empresa.
Por otra parte, también creemos que os interesará saber que el modelo que se usará para presentar la declaración del Impuesto de Sociedades del 2008, será el 200. Para grupos fiscales, hay que presentar el modelo 220. Por lo tanto, para la declaración del ejercicio 2008 ya no existirán los modelos 201 (modelo simplificado) y el 225 (sociedades patrimoniales)
Por último, recordaros que las Sociedades Anónimas y de Responsabilidad Limitada están obligadas a presentar el Impuesto de Sociedades a través de Internet. La presentación de declaraciones vía telemática es uno de los servicios que ofrecemos en Círculo Gacela a nuestros clientes, evitando, de este modo, que pierdan el tiempo en Hacienda con estos trámites.
Os seguiremos manteniendo informados de las principales novedades fiscales en próximos blogs.

lunes, 15 de junio de 2009

jueves, 11 de junio de 2009

¿Me afecta el PLAN 2000E como empresario?

Seguro que a estas alturas todos habéis oido hablar del famoso Plan 2000E. Se trata de una ayuda directa del Gobierno para la compra de automóviles que no superen los 30.000 € y que cumplan ciertos requisitos de emisiones de CO2. Además, las Comunidades Autónomas pueden adherirse a este plan, y establecer sus propias condiciones.
Con esta medida, el Gobierno trata de dar un impulso al sector del automóvil, ya que en los últimos meses ha tenido lugar un descenso importante del número de matriculaciones. Se intentará, de este modo, mantener el empleo en este sector e incentivar la sustitución de vehículos viejos por otros menos contaminantes.
En Círculo Gacela nos hemos dado cuenta de que muchos de nuestros clientes no saben que también pueden recibir esta ayuda como empresarios, ya que piensan que sólo afecta a particulares. Por eso queremos aclararos que también se pueden beneficiar del Plan 2000E:
  • Los profesionales autónomos
  • Las microempresas (empresas con menos de 10 trabajadores y cuyo importe neto de la cifra anual de negocios no supere los 2 millones de euros)
  • Las pequeñas y medianas empresas (con menos de 250 trabajadores y con un importe neto de la cifra anual de negocios que no exceda los 50 millones de euros)
Las ayudas se aplicarán del siguiente modo: los fabricantes o importadores de los vehículos harán un descuento de 1.000 € sobre el precio del vehículo. Al resultado se le aplicarán los impuestos (IVA e impuesto de matriculación) Al precio que resulte, se le deduce el descuento de 500 € del Gobierno y la ayuda de las Comunidades Autónomas.
Por último, en Círculo Gacela os queremos advertir de que, para poder recibir estas ayudas, es un requisito imprescindible estar al día en las obligaciones con Hacienda y la Seguridad Social. De hecho, es obligatorio presentar un certificado de estar al corriente. No lo olvidéis, y tenedlo en cuenta antes de empezar ningún trámite.
Un saludo y hasta el próximo blog.

viernes, 5 de junio de 2009

El impuesto de Sociedades en las empresas de reducida dimensión

Desde Círculo Gacela creemos que este blog es una buena oportunidad para manteneros al día de todas las novedades fiscales que puedan afectar a vuestra actividad empresarial. Estamos seguros de que la mayor parte de los empresarios que estáis leyendo esta entrada, estáis obligados a presentar próximamente el Impuesto de Sociedades del ejercicio 2008. Por ello, cremos que os puede resultar interesante saber que en el BOE del pasado día 30 de Mayo, se ha publicado la Orden EHA/1375/2009 del 26 de Mayo, por la que se aprueban los modelos de declaración del Impuesto de Sociedades del 2008.
Además, probablemente la mayoría de vosotros sois empresas de reducida dimensión, por lo que os podréis beneficiar de incentivos fiscales en el Impuesto de Sociedades. Llegados a este punto, a más de uno os puede surgir la siguiente duda: ¿qué se entiende por empresa de reducida dimensión? Aquella que en el período impositivo anterior haya tenido un importe neto de la cifra de negocios inferior a 8 millones de euros.
Las empresas que cumplan este requisito, se ven beneficiadas en el Impuesto de Sociedades con un tipo impositivo inferior al 30% del resto de las empresas. A las empresas de reducida dimensión se les aplicará los siguientes tipos impositivos:
- Un 25% a la parte de la base imponible comprendida entre 0 y 120.202,41 €
- Un 30% al resto de la base imponible
Estas empresas también disfrutan de otras ventajas fiscales, muchas de ellas relacionadas con la aceleración de la amortización.
En Círculo Gacela nos comprometemos a retomar el tema del Impuesto de Sociedades en próximos blogs, para que conozcáis las principales novedades en la declaración del 2008.
Hasta la próxima entrada