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viernes, 5 de junio de 2009

El impuesto de Sociedades en las empresas de reducida dimensión

Desde Círculo Gacela creemos que este blog es una buena oportunidad para manteneros al día de todas las novedades fiscales que puedan afectar a vuestra actividad empresarial. Estamos seguros de que la mayor parte de los empresarios que estáis leyendo esta entrada, estáis obligados a presentar próximamente el Impuesto de Sociedades del ejercicio 2008. Por ello, cremos que os puede resultar interesante saber que en el BOE del pasado día 30 de Mayo, se ha publicado la Orden EHA/1375/2009 del 26 de Mayo, por la que se aprueban los modelos de declaración del Impuesto de Sociedades del 2008.
Además, probablemente la mayoría de vosotros sois empresas de reducida dimensión, por lo que os podréis beneficiar de incentivos fiscales en el Impuesto de Sociedades. Llegados a este punto, a más de uno os puede surgir la siguiente duda: ¿qué se entiende por empresa de reducida dimensión? Aquella que en el período impositivo anterior haya tenido un importe neto de la cifra de negocios inferior a 8 millones de euros.
Las empresas que cumplan este requisito, se ven beneficiadas en el Impuesto de Sociedades con un tipo impositivo inferior al 30% del resto de las empresas. A las empresas de reducida dimensión se les aplicará los siguientes tipos impositivos:
- Un 25% a la parte de la base imponible comprendida entre 0 y 120.202,41 €
- Un 30% al resto de la base imponible
Estas empresas también disfrutan de otras ventajas fiscales, muchas de ellas relacionadas con la aceleración de la amortización.
En Círculo Gacela nos comprometemos a retomar el tema del Impuesto de Sociedades en próximos blogs, para que conozcáis las principales novedades en la declaración del 2008.
Hasta la próxima entrada

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