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viernes, 27 de febrero de 2009

¿Tengo que presentar la declaración de la renta?

En Círculo Gacela nos encontramos a menudo con cuestiones varias sobre la declaración de la renta, entre ellas, una fundamental es "si tengo que presentar o no la declaración de la renta", "¿estoy obligado?" Normalmente saben que existen unos límites pero se pierden entre tanta cifra. Con este blog nuestra intención es aclarar este concepto.

NO tienen que realizar la declaración:
  1. Los contribuyentes que hayan trabajado para una única empresa todo el año 2008, si la cantidad anual que recibe de ella es inferior a 22.000 euros anuales.
  2. Pero si durante el año 2008, el contribuyente ha trabajado para más de una empresa, el importe anual cobrado tiene que ser inferior a 22.000 euros anuales siempre que las cantidades percibidas del segundo y restantes pagadores no superen en su conjunto la cantidad de 1.500 euros anuales. Si supera este límite de 1.500 euros anuales, entonces la cantidad anual cobrada en conjunto tendrá que ser inferior a 11.200 euros anuales.
  3. Aquellas personas que hayan obtenido rendimiento de capital mobiliario (cuentas bancarias) y beneficios patrimoniales (por venta de inmuebles, acciones, etc) cuando la cantidad percibida sea inferior a 1.600 euros anuales
  4. Tampoco tendrán que presentar la declaración aquellas personas que hayan obtenido rendimiento de capital mobiliario no sujeto a retención de Letras del Tesoro y subvenciones para la adquisición de vivienda de protección oficial o precio tasado, con el límite de 1.000 euros anuales.

Sin embargo si que están obligados a realizar la declaración los contribuyentes que tengan derecho a deducción por inversión en vivienda o por una cuenta ahorro, por ejemplo.

Aunque todavía faltan unos meses para la presentación de la declaración, hemos creído que os será útil estar al corriente de esta información.

Un saludo

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