Hoy queremos hacer hincapié en que el ejercicio 2008 es el primero que se va a ver afectado por el nuevo Plan General Contable del 2007. Por lo tanto, el nuevo plan tendrá muchas consecuencias en la preparación de la declaración. Por ejemplo, se debe tener en cuenta que a partir de ahora, para determinar la cuota del impuesto, hay que diferenciar entre "Impuesto corriente" e "Impuesto diferido"
- El impuesto corriente es la cantidad que satisface la empresa como consecuencia de la liquidación fiscal del impuesto. Contablemente, la cuenta en la que se recogerá será la 6300.
- Sin embargo el impuesto diferido (que se contabilizará en la cuenta 6301) deriva de la diferente valoración contable y fiscal de los activos, pasivos y elementos del patrimonio de la empresa.
Por último, recordaros que las Sociedades Anónimas y de Responsabilidad Limitada están obligadas a presentar el Impuesto de Sociedades a través de Internet. La presentación de declaraciones vía telemática es uno de los servicios que ofrecemos en Círculo Gacela a nuestros clientes, evitando, de este modo, que pierdan el tiempo en Hacienda con estos trámites.
Os seguiremos manteniendo informados de las principales novedades fiscales en próximos blogs.